Durante los últimos meses, se han presentado dos proyectos de ley que tienen un perjuicio directo para los trabajadores y pensionados del Magisterio Nacional. En esta ocasión hablaremos del Proyecto 23.625 – ‘Proyecto de Ley de Creación de Pensión Básica Universal’ del Diputado Rodrigo Arias Sánchez.
Este proyecto de ley busca eliminar el aporte estatal a los diversos regímenes de pensiones, y crear un nuevo régimen que administraría la Caja, igual al IVM.
¿Qué implicaciones tiene este proyecto de ley para los trabajadores en general? Vamos paso a paso.
Afectación 1: Se elimina el aporte estatal al Régimen de Capitalización Colectiva.
Para poder financiar un nuevo régimen de pensiones, el Estado dejaría de aportar a los demás regímenes. Por ejemplo, se elimina el aporte del 1,57% del estado al RCC.
Esto ocasionará un grave peligro para el financiamiento y estabilidad en las pensiones del magisterio nacional.
Afectación 2: El monto de la pensión básica universal será igual al del IVM en la actualidad, de apenas 82 mil colones
Este es un monto bajísimo, y no asegura el cumplimiento de las necesidades básicas de los pensionados. Es una pensión que provocará la precarización de las condiciones de vida de las personas pensionadas.
Afectación 3: Las personas del magisterio pensionadas con el RCC, podrán recibir la pensión básica universal una vez cumplan los 65 años, pero el monto de esa nueva pensión se obtiene de la misma pensión del RCC.
Es decir, no significa que se reciban las dos pensiones totales cuando se cumplan los 65 años. Si no que JUPEMA, para poder hacer frente a los pagos de la nueva pensión de la Caja, deberá restar del RCC ese dinero.
Entonces, al final las personas seguirán recibiendo el mismo monto de pensión, solo que una parte viene del RCC y otra de la CCSS. Sin embargo, el monto de aguinaldo por el RCC será menor, y el monto de aguinaldo de la CCSS dependerá de la condición financiera de ese régimen.
Afectación 4: La Pensión Básica Universal no tiene beneficios sucesorios
Es decir, no se puede trasladar esta pensión una vez fallecida la persona, como si se puede hacer con el RCC.
Esto quiere decir que si una persona fallece, sus familiares o beneficiarios perderán el monto de la pensión básica universal. Y solo podrían obtener el monto del RCC, que ya tiene un monto menor, por los pagos de JUPEMA a la pensión de la Caja.
Afectación 5: Las personas del régimen transitorio de reparto no tienen derecho a la pensión básica universal
Dentro de los condicionamientos del proyecto de ley, se establece que nadie que tiene alguna pensión, ya sea directa o por beneficio sucesorio, que esté cargada al presupuesto nacional, tiene derecho a la pensión.
Esto significa que las personas del régimen Transitorio de Reparto no tienen derecho a la pensión básica universal.
Como podemos ver, son múltiples las afectaciones y riesgos que pueden provocar estos proyectos de ley no solo en las pensiones del Magisterio Nacional, sino que también en el sistema de pensiones de todo el país.
También le ofrecemos este resumen creado por JUPEMA: