Las personas afiliadas a un sindicato cuentan con pleno derecho para asistir a las actividades formales que organiza dicho colectivo. Por ello, APSE Sindicato gestiona todos los años el otorgamiento de licencias para actividades sindicales.
Este año 2024, el Ministerio de Educación Pública, MEP, otorgó las licencias sindicales correspondientes a actividades de la estructura sindical (asambleas, directivas, elecciones) así como para celebraciones, que se detallan a continuación:
Actividades de la estructura sindical:
- Asambleas de Base I semestre: Son la base fundamental de la estructura de la APSE, por cuanto son los núcleos en que se sustenta la acción y se desarrolla la conciencia solidaria de los afiliados y afiliadas para la consecución de los fines de la APSE.
Estas primeras asambleas del año permiten elegir la Directiva de Base y el Fiscal Auxiliar.
Todos los afiliados a APSE cuentan con licencia del Ministerio de Educación Pública válido para toda la fecha que corresponde a su asamblea.
- Asambleas Regionales I semestre: Son atribuciones de las Asambleas Regionales:
Según el artículo 38 del Estatuto de APSE “todas las afiliadas y los afiliados de las Asambleas de Base que integran una Coordinación Regional participan con derecho a voz y voto en las Asambleas Regionales en que se deba elegir los puestos y vacantes de la Directiva Regional respectiva.”
Con base en lo anterior, todos los afiliados a APSE cuentan con licencia del Ministerio de Educación Pública válido para toda la fecha que corresponde a su asamblea.
- Asamblea General Anual: La Asamblea General es la autoridad máxima de APSE y estará constituida por todos los miembros activos inscritos en el Libro de Registro de la Afiliación.
La Asamblea General se reunirá ordinariamente una vez al año, en el curso de la primera quincena del mes de agosto, en el lugar y durante los días que fije la convocatoria de la Junta Directiva a través de la Presidencia.
Todos los afiliados a APSE cuentan con licencia del Ministerio de Educación Pública válido para todas las fechas que corresponde a esta asamblea.
- Asambleas de Base II semestre: Son necesarias para que cada base presente su plan anual de trabajo.
Todos los afiliados a APSE cuentan con licencia del Ministerio de Educación Pública válido para toda la fecha que corresponde a su asamblea.
- Asambleas Regionales II semestre: Estas asambleas son necesarias para la presentación y aprobación o modificación del Plan Anual de trabajo, conocer los planes de tesorería y presupuestos y elevar propuestas o mociones a la Junta Directiva Nacional o al Consejo Nacional.
El permiso para las Asambleas Regionales del segundo semestre de cada año, es válido solamente para 2 personas designadas por cada una de las bases de APSE, y los integrantes de la Directiva Regional respectiva.
Así lo dispone el artículo 38 del Estatuto de APSE: “En las Asambleas Regionales para otros efectos solo tendrán voz y voto los delegados y delegadas designados para ese fin por las Asambleas de Base. También, tendrán derecho a voz y voto los integrantes de la Directiva Regional y los miembros electos de dicha directiva para el siguiente período inmediato.”
- Licencias para Directivas de Base: Las Directivas de Base estarán integradas por un(a) Presidente(a), un Vicepresidente(a), un Secretario(a), un Tesorero(a) y un Vocal electos anualmente por votación directa y secreta. También, se elegirá un Fiscal Auxiliar de los Fiscales Regional y General.
Licencias para celebraciones:
- Día de la Servidora de Comedores Escolares: se lleva a cabo el 8 de marzo. La licencia es válida para trabajadores de comedores escolares a partir de la 1:00 p.m.
- Día del Conserje de centro educativo: se llevará a cabo el 20 de marzo. La licencia es válida para trabajadores conserjes de centros educativos a partir de la 1:00 p.m.
Existen otras fechas de celebraciones, sobre las cuales aún no se ha gestionado la licencia, ya que las mismas se solicitan semestralmente.
Los funcionarios del MEP afiliados a APSE que participen de las actividades sindicales anteriormente indicadas, deberán informar con antelación a su jefatura el permiso concedido a fin de que garantice la prestación del servicio educativo. Sin embargo, el jefe no puede rechazar ni interpretar esta licencias.
Igualmente, deben presentar los correspondientes comprobantes de asistencia y participación a su jefatura. Quienes no participen deberán asistir de forma regular a su lugar de trabajo.