A todos los funcionarios MEP
Aclaración sobre el reconocimiento de anuales
Sobre el tema en referencia y con sustento en las Leyes 9635 y 10159, la Dirección de Gestión del Talento Humano, les informa lo siguiente:
- Aquellos servidores, cuyo aumento anual, correspondia a los meses de enero o febrero del 2023, se les mantuvo la fecha de rige de su anualidad, conservando su derecho, dado que la entrada en vigencia de la Ley 10.159 denominada “Ley Marco de Empleo Público”, fue a
partir del 10 de marzo del año 2023. - Los funcionarios, cuyo cumplimiento de su anual corresponde a los meses de marzo a diciembre 2023, la fecha de su reconocimiento se trasladó para el 01 día del mes siguiente, lo anterior, de conformidad con lo establecido en la Ley N° 10.159 denominada “Ley Marco de Empleo Público” del 10 de marzo 2023 y el oficio MIDEPLAN-AME-UEP-CIRC-0001-2023, de fecha 14 de abril del 2023.
- Además de lo expuesto en el punto anterior, para las personas que su fecha de cumplimiento corresponde a los meses de setiembre a diciembre 2023, la cantidad de aumentos anuales que se les reconocerá será conforme lo establecido por los entes rectores, en los oficios AOTC-OF-12-2023 y MIDEPLAN-DM-OF-0332-2023 y en concordancia con el transitorio XI de la Ley N° 10159 *Ley Marco de Empleo
Público”, Decreto Ejecutivo N° 44199- MIDEPLAN del 8 de setiembre 2023 y Directriz Ministerial N° 002-2023-PLAN. - Para todos los puntos antes mencionados y según lo indicado en el oficio MIDEPLAN-AME-UEP-CIRC-0001-2023, las anualidades que fueron acumuladas de los períodos correspondientes a los años 2020-2021 y 2021-2022, se constituye en su derecho salarial
correspondiente, pero el pago no será de forma retroactiva.
Yaxinia Díaz Mendoza
Directora de Gestión del Talento Humano